¿Qué es una Exposición Canina?
Las Exposiciones y los Concursos Morfológicos son la expresión más típica de la cinofilia organizada. A través de estos eventos, los criadores y propietarios de perros de raza exponen a sus ejemplares que son juzgados según el estándar oficial de cada raza con el objeto de seleccionar a los mejores individuos para la reproducción.
Cada año la Real Sociedad Canina de España programa un calendario de Exposiciones Caninas Nacionales, en las que se pone en juego el Certificado de Aptitud de Campeonato (CAC) valedero para obtener el Título de Campeón en España de Belleza Canina, complementadas con un buen número de Exposiciones Internacionales, oficialmente respaldadas por la Fédération Cynologique Internationale y en las que se pone en juego el Certificado de Aptitud de Campeonato Internacional de Belleza (CACIB) otorgado por dicha entidad.
En las Exposiciones y Concursos Caninos se juzgan las cerca de 380 razas oficialmente reconocidas por la Real Sociedad Canina de España y la Fédération Cynologique Internationale y que se agrupan en 10 grupos diferentes según su funcionalidad.
Las Exposiciones y Concursos Caninos se organizan por la Real Sociedad Canina de España y las Sociedades Caninas colaboradoras, presentes en todo el territorio nacional.
Hoy día, además del criterio meramente canino, las exposiciones y concursos se han convertido en un acontecimiento social y lúdico ideal para todo tipo de público y familias, además de ser la manera más propicia de hacer llegar a la gente las virtudes y encantos de las diferentes razas caninas.
¿Qué es el LOE?
El Libro de Orígenes Español (LOE) es la mejor y más grande base de datos acerca de perros de pura raza en España. Es el libro genealógico canino más antiguo y más extenso de España, creado en 1911 y propiedad de la Real Sociedad Canina de España.
Los perros de pura raza se distinguen de los que no lo son por toda una serie de características físicas y temperamentales fijadas después de muchos años de selección. Al igual que las personas se inscriben en el Registro Civil para que haya constancia de su existencia y puedan ser sujetos de pleno derecho, los criadores de perros inscriben a sus cachorros en un registro en el que se recoge su raza, los datos de su criador, los de su propietario, los datos propios de cada perro (nombre, fecha de nacimiento, palmarés, etc…) así como su genealogía.
En el LOE se han censado, a lo largo de los años, casi 2.000.000 de ejemplares de más de 300 razas diferentes, de los que cerca de 770.000 están aun vivos y pertenecen a casi medio millón de propietarios. Estos números dan buena cuenta de la importancia social del perro de raza en España. Gracias al LOE es posible trazar la historia de las diferentes razas caninas en España: su difusión, las líneas de cría, etc… así como garantizar la pureza racial de los ejemplares que en él se recogen.
Al formar parte la Real Sociedad Canina de España de la Fédération Cynologique Internationale, la entidad cinófila más extensa e importante del mundo, de la que es miembro de pleno derecho, y gracias a los acuerdos de mutuo reconocimiento, el LOE está reconocido mundialmente y los datos en él registrados y, por tanto, los perros que en él se inscriben, son respetados en todos los países por la veracidad de su contenido y el rigor con el que la Real Sociedad Canina de España los maneja.
Cuando los criadores dan de alta en el Libro Genealógico una camada, cada uno de los cachorros registrados recibe un número de LOE que hace las veces de carnet de identidad. Además, desde hace varios años, la Real Sociedad Canina de España obliga a que todos los perros inscritos en el LOE estén también identificados mediante un microchip subcutáneo. De esa manera, la Real Sociedad Canina de España contribuye a crear una trazabilidad fiable de los perros de raza que permite conocer datos acerca de la popularidad de las razas, su distribución geográfica, salud, etc… Todos estos datos, junto con una genealogía de tres a cuatro generaciones, se plasman en un documento oficial expedido a petición de los propietarios de los perros y que se conoce internacionalmente como pedigrí.
Al igual que sucede con el LOE, los pedigríes emitidos por la Real Sociedad Canina de España gozan de valor y prestigio a nivel internacional y son aceptados por todas las organizaciones caninas más importantes del mundo. El pedigrí de un perro acredita, no sólo su genealogía, sino también su origen y, lo más importante, su propiedad y tiene valor legal para demostrarla, al tiempo que es el documento imprescindible a la hora de realizar cualquier cesión, compra o venta de un perro de raza.
En reciprocidad a lo que sucede con el LOE, la Real Sociedad Canina de España reconoce y homologa los pedigríes emitidos por las organizaciones caninas miembros o reconocidas por la Fédération Cynologique Internacionale.
¿Qué es el Reconocimiento de Raza (RRC)?
En un Reconocimiento de Raza será un Juez autorizado por la RSCE y conocedor del estándar de la raza, el encargado de observar y examinar las características más básicas del perro: boca, proporciones, testículos en machos, movimiento, etc. En caso de cumplir con los estándares de la raza, el perro será reconocido e inscrito en un Registro de Razas Caninas o RRC pudiendo así iniciar una nueva genealogía.
Requisitos para el Reconocimiento de Raza (RRC)
Aparte de abonar la tasa correspondiente a la inscripción, es necesario que el perro que vaya a pasar el Reconocimiento de Raza cumpla con los siguientes requisitos:
- Que tenga un año cumplido el día del reconocimiento
- Que esté debidamente identificado mediante microchip
- Que acredite estar al día con la vacunación obligatoria mediante cartilla o pasaporte veterinario
¿Cuándo se efectúan los Reconocimientos de Raza?
Los Reconocimientos de Raza o Registros Iniciales se suelen hacer en la Exposición Nacional Canina de Tenerife (mes de Mayo) que se celebra todos los años en el Centro Internacional de Ferias y Congresos de Tenerife.
¿Qué es un afijo?
Entendemos por afijo al nombre que solicitamos a través de las Sociedades Caninas con la finalidad de incluirlo en el nombre de todos los perros, independientemente de su raza o variedad, que hayan nacido bajo nuestra titularidad.
Similar al apellido en las personas, el afijo en los perros de raza autoriza a su titular o titulares a utilizarlo en las inscripciones de camada siempre y cuando el titular del afijo sea propietario de la hembra o madre de la camada.
Aunque el afijo es concedido por la Fédération Cynologique Internationale previo pago de su tarifa correspondiente, es posible solicitarlo en cualquiera de las Sociedades Caninas colaboradoras de la Real Sociedad Canina de España.
Para ello debemos rellenar el siguiente impreso en el que indicaremos, por orden de preferencia, las tres opciones posibles junto a nuestros datos personales, y firmar el documento donde corresponda.
A través de la Real Sociedad Canina de España se cursa la solicitud a la Fédération Cynologique Internationale, con sede en Bélgica, donde autorizarán o denegarán los afijos. En caso de autorizarlo, se nos concederá una de las tres opciones solicitadas.
Para evitar que nos denieguen nuestra solicitud de afijo debido a duplicidades o similitudes con otros afijos ya existentes, es conveniente cerciorarnos de que nuestra selección no está en uso por otra persona. Es posible consultar el Registro Internacional de Afijos registrados por la FCI desde aquí.
Extracto del Reglamento de Afijos
- La Real Sociedad Canina de España sólo reconoce los afijos (prefijos y sufijos) cuyo uso autoriza y los de otras sociedades centrales caninas de países afiliados a la Fédération Cynologique Intenationale (FCI).
- La Comisión del Libro de Orígenes Español (LOE) es la encargada de la regulación del uso de afijos y de cuanto con ello se relaciona, comprendiendo entre sus facultades la de no aceptar los afijos que entienda que no deben admitirse y la de cancelar cualquiera de los ya registrados.
- No serán autorizados como afijos las letras del alfabeto y los números, ya se expresen con palabras o cifras; los nombres y apellidos de la familia, los nombres de naciones o de poblaciones, los demasiado largos (máximo veinte espacios), razas, los de dudosa interpretación o que puedan confundirse con
otros previamente admitidos por la Fédération Cynologique Intenationale (FCI). - La concesión de un afijo autoriza al titular para su utilización en la inscripción de camadas como prefijo o sufijo.
- Nadie podrá ser titular de más de un afijo.
- Las sociedades mercantiles o las asociaciones podrán ser autorizadas para usar afijos colectivos, debiendo designar un representante legal de la misma a todos los efectos de la crianza.
- El afijo es propiedad exclusiva de la persona o colectividad que ha adquirido el derecho y es vitalicio.
- Los afijos no pueden ser modificados, cambiados, cedidos o transmitidos. Caducan por fallecimiento de sus propietarios o por disolución o modificación de las colectividades para las que fueron concedidos. Los afijos caducados y los cancelados, no podrán ser rehabilitados ni concedidos nuevamente.
- La Comisión del Libro de Orígenes Español (LOE) podrá autorizar, con carácter excepcional, la transmisión hereditaria de un afijo, una vez cubiertos los preceptivos trámites legales.
- No puede aplicarse a un ejemplar un afijo diferente del de su criador.
- El propietario de un afijo puede aplicarlo a todos los ejemplares de cualquiera de las razas de las que es criador.
- El afijo sólo podrá ser utilizado a partir de la fecha de su concesión por la Real Sociedad Canina de España (RSCE). En ningún caso se inscribirán perros con el afijo que haya sido otorgado después de la fecha de nacimiento.
- Los afijos registrados en el extranjero y concedidos por la Fédération Cynologique Intenationale (FCI) deberán estar inscritos en el Registro de la RSCE para que puedan ser utilizados por sus propietarios, siempre que sean residentes en España. Los extranjeros residentes en España podrán solicitar un afijo siempre y cuando declaren no tener ya registrado alguno en otra nación.
- Los casos no previstos, reclamaciones, consultas y demás incidencias en materia de afijos, serán resueltos por la Comisión del LOE. Sus fallos son, sin embargo, apelables ante el Comité de Dirección de la RSCE en el plazo de 15 días.
- La persona o colectividad que obtiene la concesión de un afijo queda obligada a cumplir el Reglamento del LOE y normas que se dicten por la Comisión del LOE.
¿Cómo obtener el pedigree de tu perro?
Una vez se disponga del justificante de inscripción en el LOE/RRC firmado por el criador (cedente), el nuevo propietario deberá cumplimentar dicho documento con todos sus datos y firma, para poder solicitar el pedigree con transferencia y recibir el pedigree definitivo.
Para aquellos perros que no dispongan de antecedentes registrados en el LOE, o por cualquier motivo no tuvieran el justificante de inscripción, pueden optar por un Reconocimiento de Raza para comenzar una nueva genealogía.
He extraviado el LOE de mi perro, ¿qué puedo hacer?
En caso de pérdida es posible solicitar un duplicado del justificante de inscripción en el LOE. Para ello es necesario que el criador del perro redacte un escrito y lo presente en nuestra oficina, junto con la fotocopia del DNI, solicitando duplicado de dicho documento por extravío del original.
En caso de que el perro esté registrado a nombre de varios propietarios, éstos tendrán que firmar y adjuntar la fotocopia del DNI.
He extraviado el pedigree de mi perro, ¿qué puedo hacer?
En caso de pérdida es posible solicitar un duplicado de pedigree. Para ello es necesario que el propietario del perro redacte un escrito y lo presente en nuestra oficina, junto con la fotocopia del DNI, solicitando duplicado de dicho documento por extravío del original.
En caso de que el perro esté registrado a nombre de varios propietarios, éstos tendrán que firmar y adjuntar la fotocopia del DNI.
¿Cómo registrar el perro a nombre de un menor?
Para registrar el perro a nombre de un menor de edad, los padres o tutores deberán redactar un escrito y presentarlo en nuestra oficina, junto con la fotocopia del DNI de los padres o tutores legales, y también una fotocopia del Libro de Familia.
¿Qué documentos tengo que recibir al adquirir un perro con pedigree?
El criador deberá hacer entrega del justificante de inscripción en el LOE/RRC debidamente firmado (cedente).
¿Cuál es nuestro horario habitual?
Nuestro horario habitual es Martes de 17.30 a 20.00 horas
¿Cuál es nuestro horario de verano?
Mes de Julio: Martes de 17.30 a 20.00 horas
Mes de Agosto: CERRADO
¿Cómo ponerse en contacto con nosotros fuera de horario?
Debido a nuestro horario reducido es imposible, en muchas ocasiones, atender todas las solicitudes o llamadas de nuestros usuarios. También puedes ponerte en contacto con nosotros, fuera de nuestro horario habitual, a través del correo electrónico, o enviarnos un mensaje privado a través de nuestra página web.
Clasificación de los perros según su edad (Clases)
A continuación se muestra la clasificación de los perros en clases, según su edad:
Clase Veteranos (C.V.)
- Para todos los ejemplares que tengan más de 8 años
Clase Abierta (C.A.)
- Para todos los ejemplares mayores de 15 meses
Clase Intermedia (C.I.)
- Para aquellos ejemplares que tengan más de 15 meses y menos de 24 meses
Clase Jóvenes (C.J.)
- Para aquellos ejemplares que tengan más de 9 meses y menos de 18 meses
Clase Cachorros (C.C.)
- Para todos los ejemplares que tengan más de 6 meses y menos de 9 meses
Clase Muy Cachorro (C.M.C.)
- Para todos los ejemplares que tengan más de 4 meses y menos de 6 meses
Para determinar la edad se tomará en cuenta la fecha del día que se expone al perro. Existen también otras clases admitidas en las Exposiciones Caninas de Belleza y son:
Clase Campeones (C.CH.)
- Para aquellos ejemplares que tengan el título de Campeón de España o de un país extranjero reconocido por la FCI y la RSCE
Clase Trabajo (C.T.)
- Para aquellos ejemplares mayores de 15 meses sometidos a pruebas de trabajo, perros de utilidad que estén provistos del Carnet de Trabajo
Clase Parejas (C.P.)
- Para macho y hembra de la misma raza y del mismo propietario
Grupo de Cría (C.CR.)
- Para lotes de 3 ejemplares o más de la misma raza o variedad, sin distinción de sexo, y de un mismo criador aunque no sean de su propiedad
Clasificación de los perros según su raza (Grupos)
A continuación se muestra la clasificación de los perros en grupos, según su raza:
Grupo 1
- Perros de pastor y perros boyeros (excepto perros boyeros suizos)
Grupo 2
- Perros tipo Pinscher y Schnauzer, molosoides y perros de montaña y boyeros suizos
Grupo 3
- Terriers
Grupo 4
- Teckels
Grupo 5
- Perros tipo Spitz y tipo primitivo
Grupo 6
- Perros tipo sabueso, perros de rastro (excepto lebreles) y razas semejantes
Grupo 7
- Perros de muestra
Grupo 8
- Perros cobradores y levantadores de caza, y perros de agua
Grupo 9
- Perros de compañía
Grupo 10
- Lebreles
Grupo 11
- A partir del día 27 de abril de 2019, los ejemplares de las razas no reconocidas por la FCI integradas en la Alianza Canina Latina se clasificarán en este grupo.
¿Cómo ser socio de la Sociedad Canina de Tenerife?
Para poder formar parte de la Sociedad Canina de Tenerife deberá ser presentado por dos socios, y se deberá rellenar el impreso correspondiente adjuntando fotocopia del DNI. También será preciso abonar la cuota inicial así como la cuota del año en curso.
¿Cuáles son las Ventajas por ser socio de la Sociedad Canina de Tenerife?
Las ventajas de ser socio de la Sociedad Canina de Tenerife son:
- Descuentos en todas nuestros trámites (consultar lista de precios)
- Precio especial en las inscripciones de las Exposiciones Caninas Nacionales e Internacionales (no Concursos) organizadas por la Sociedad Canina de Tenerife
¿Cuál es la cuenta bancaria de la Sociedad Canina de Tenerife?
La cuenta bancaria de la Sociedad Canina de Tenerife es:
ES 16 0049 1849 1327 1059 3828
¿Qué métodos de pago se aceptan en la Sociedad Canina de Tenerife?
Se aceptan pagos en efectivo y pagos por transferencia bancaria.
¿Qué es la Confirmación de Raza?
SÓLO PARA RAZAS ESPAÑOLAS
En una confirmación de raza española será un Juez autorizado por la RSCE y conocedor del estándar de la raza, el encargado de observar y examinar al ejemplar, en el trascurso de una exposición o concurso, a fin de verificar la ausencia de defectos de estructura o comportamiento. Se confirma, por tanto, su correcta conformación y comportamiento con lo descrito en el estándar, determinando así que el ejemplar es apto para la cría, porque no presenta ningún defecto o indicio de mestizaje que le impida trasmitir la pureza de la raza a su descendencia así como a su genealogía.
Requisitos para la Confirmación de Raza
SÓLO PARA RAZAS ESPAÑOLAS
Aparte de abonar la tasa correspondiente a la inscripción, es necesario que el perro que vaya a pasar la Confirmación de Raza cumpla con los siguientes requisitos:
- Que esté inscrito en un libro de orígenes reconocido por la Real Sociedad Canina de España
- Que tenga un año cumplido el día de la confirmación
- Que esté debidamente identificado mediante microchip
- Que presente el impreso de confirmación (dos hojas, una para la organización y otra para el expositor), que el criador habrá entregado al propietario junto con el justificante de inscripción en el libro de orígenes debidamente firmado
- Que acredite estar al día con la vacunación obligatoria mediante cartilla o pasaporte veterinario